LEY AUTONOMICA MUNICIPAL N° 006/2026. Cuatro Cañadas, 27 de Enero del 2026. Sra. Constancia Vargas Zarate, Presidente del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cuatro Cañadas, Provincia Ñuflo de Chávez. LEY AUTONOMICA MUNICIPAL DE REGOCIJO EN CONMEMORACION DE 24 AÑOS (XXIV) DE CREACION COMO 6TA SECCION DE LA PROVINCIA ÑUFLO DE CHAVEZ, MUNICIPIO DE CUATRO CAÑADAS.
EXPOSICION DE MOTIVOS: Que, el Municipio de Cuatro Cañadas está ubicado a 108 km de la ciudad de Santa Cruz, sobre la Carretera fundamental Santa Cruz – Trinidad, fue creada como 6TA SECCION DE LA PROVINCIA ÑUFLO DE CHAVEZ, Municipio de Cuatro Cañadas, mediante Ley Nacional N°2322 el 28 DE ENERO DE 2002, durante la Presidencia del Ing. Jorge Quiroga Ramirez, después que se separó del municipio de San Julián. Desde el 2002 haciendo exactamente ya 24 años este 28 de enero del 2026. Que, según Reseña Histórica, señala que Cuatro Arroyos existentes en la zona municipal: Cañadas Madre, Cañada Honda, Cañada Los Curichis y Cañada Motacu aparentemente dieron origen al nombre de Cuatro Cañadas. Este año 2026 cae el día martes 27 y miércoles 28 de Enero del 2026 la Celebración del Aniversario en Conmemoración de la Creación del Municipio de Cuatro Cañadas, por lo que se realizan actividades artísticas, musicales, educativas, ferias de salud, deportivas; días antes, el desfile Cívico se realizará el día miércoles 28 "feriado" de enero del 2026 y se extenderá el día viernes 29 de enero del 2026, por lo que es necesario poder hacer que participen Obligatoriamente todos y todas en el Desfile, como también hacer que el turismo, comercio y generación de movimiento económico pueda tener movimiento para que la población pueda beneficiarse de distintas maneras, por lo que se ve la necesidad de decretar el feriado el día miércoles 28 y día jueves 29 de enero del 2026 con suspensión de actividades, para todas las entidades sean estas públicas o privadas dentro de la jurisdicción municipal de Cuatro Cañadas para que puedan participar obligatoriamente, por la celebración del Aniversario de Creación del Municipio por los 24 años en Conmemoración.
CONSIDERANDO: Por lo que corresponde al Concejo Municipal de Cuatro Cañadas mantener vivo el espíritu Cívico de los habitantes de esta jurisdicción Municipal, colonias menonitas, Sindicatos Agrarios, Organizaciones sociales, Organizaciones de mujeres productivas, empresarios, Gremialistas, Transportistas, comerciantes y ciudadanos en Gral. que eligieron esta noble tierra para prosperar y vivir. Cada mes de Enero de cada año consecutivo por Celebración por aniversario de Creación del Municipio de Cuatro Cañadas se emite una Ley Municipal que en sus Artículos Primero Declaran días de Regocijo Ciudadano cada 27 y 28 de enero de cada año, con suspensión de actividades, para todas las entidades sean estas públicas o privadas dentro de la jurisdicción municipal de Cuatro Cañadas. En este año serán declarados feriados el 28 y 29 de enero del 2026 para que puedan participar de todas las actividades, desfile, etc. Que, el artículo 283 de la constitución política del estado de 07 de febrero de 2009, establece que el gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias.
VISTOS: Que, el Decreto Supremo N° 2750, de 1 de mayo de 2016 Artículo 3°.- (Traslado de feriados). Se considera feriado con suspensión de actividades públicas y privadas, los días lunes posteriores a los feriados que correspondan a días domingo, con excepción de los feriados señalados en los inciso c), d), f), i) del Artículo precedente. MODIFICADO por el Decreto Supremo N°5019 de 13 de septiembre del 2023: "ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto regular el calendario de feriados nacionales y el traslado de feriados nacionales y feriados por efemérides departamentales del Estado Plurinacional de Bolivia.", y el Decreto Supremo N°5483, en concordancia con el Decreto Supremo N°5521 emitido por el Presidente Rodrigo Paz Pereira, que Modifica y traslada los feriados nacionales y Departamentales para días viernes de la gestión 2026 con el fin de promover el turismo interno y el turismo comunitario en el país.
POR TANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de Cuatro Cañadas de fecha 27 de enero del 2026, la Sra. Presidenta del Concejo Municipal pone en consideración la Solicitud de la Ley Municipal que Aprueba la Celebración del Aniversario en Conmemoración de la Creación del Municipio de Cuatro Cañadas por sus 24 Años de Creación, cual fue Aprobada por mayoría absoluta de los Concejales presentes en sala de Sesiones.
DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Se DECLARA días de Regocijo ciudadano y FERIADO MUNICIPAL el día miércoles 28 y jueves 29 de enero del 2026 por la Celebración y Aniversario de los 24 años de Creación como 6TA SECCION DE LA PROVINCIA ÑUFLO DE CHAVEZ "Municipio de Cuatro Cañadas", en toda su jurisdicción, con suspensión de Actividades en todas las Instituciones Públicas y Privadas (Bancos, Comerciantes, Transportistas, Magisterio, Federación, Juntas Vecinales) y todas las organizaciones sociales vivas del Municipio con el Objeto que participen Obligatoriamente en la Serenata, desfile Cívico, Sesión Honor, Fiesta y demás actividades el día Miércoles 28 y 29 de enero del 2026 en nuestra hermosa Plaza Principal. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se dispone el Embanderamiento OBLIGATORIO con emblemas Nacionales y Municipales desde el 27 de enero hasta el 31 de enero de 2026, en todos los edificios privados y públicos, así como los domicilios particulares y demás establecimientos en general, ubicados en la jurisdicción del municipio de Cuatro Cañadas. ARTÍCULO TERCERO.- También se Dispone la PROHIBICION del Asentamiento de Ventas, Comerciantes, Ambulantes, Carritos-Bicicletas dentro y en los Alrededores de nuestra hermosa Plaza Principal de Cuatro Cañadas. Con el único propósito de dar buena imagen, como brindar comodidad a la población y a las personas que nos visitan de distintos lugares.
Es dado en el Salón del Concejo Municipal a los Veintisiete (27) días del mes de enero del año dos mil veintiséis. REGÍSTRESE, PROMÚLGUESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Firman: Constancia Vargas Zárate (Presidenta del Concejo Municipal de Cuatro Cañadas) y Lucía Terrazas Cárdenas (Concejal Secretaria).
Por cuanto lo promulgo para que se tenga y cumpla como Ley Autonómica Municipal N° 006/2026, "SE DECLARA DIAS DE REGOCIJO CIUDADANO Y FERIADO MUNICIPAL EL DÍA MIÉRCOLES 28 Y JUEVES 29 DE ENERO DEL 2026, POR LA CELEBRACIÓN Y ANIVERSARIO DE LOS 24 AÑOS DE CREACIÓN COMO 6TA SECCIÓN DE LA PROVINCIA ÑUFLO DE CHÁVEZ MUNICIPIO DE CUATRO CAÑADAS, EN TODA LA JURISDICCIÓN CON SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES EN TODAS LAS INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS", dentro de la jurisdicción del Municipio de Cuatro Cañadas 6ta. Sección de la Provincia Ñuflo de Chávez. A los Veintisiete (27) días del mes de Enero del año dos mil veintiséis. Prof. Hugo Gutiérrez Vique, Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cuatro Cañadas.
(Se adjunta Oficio de Remisión OF.REM./C.M.C.C/ N°130/2026 de 27 de enero de 2026, dirigido al Alcalde Municipal Prof. Hugo Gutiérrez Vique, que remite la Ley Autonómica Municipal N°006/2026 aprobada en Sesión Ordinaria N°05/2026 del Concejo Municipal de fecha 27 de enero del 2026; adjunta 6 ejemplares, firmado por Constancia Vargas Zárate y Lucía Terrazas Cárdenas.)